Ya viene otro fin de semana largo y este será no solo para estudiantes, también incluye a trabajadores por ser un puente con día feriado.
El 5 de febrero se conmemora el Aniversario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Aunque cae en domingo, por disposición oficial el día de descanso se pasa al lunes, por lo que habrá puentecito para descansar o pasear.
Los días festivos o feriados se consideran como fechas de descanso obligatorio y están señalados en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.
¿Qué ocurre si a las o los trabajadores se les solicita que laboren en este día?
En primera instancia trabajadores y patrones deberán determinar el número de trabajadores(as) que deban prestar sus servicios. Los trabajadores(as) quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble.
¿Cuáles son los días feriados del año?
- 1 de enero.
- Primer lunes de febrero, en conmemoración del día 5, aniversario de la promulgación de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos.
- Tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo.
- 1 de mayo.
- 16 de septiembre.
- Tercer lunes de noviembre, por conmemoración del 20 de noviembre.
- 1 de diciembre de cada 6 años, cuando sea el cambio presidencial.
- 25 de diciembre.